La ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) nace con la finalidad de proteger al sistema financiero y a la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita.
La ley nos dice que si nosotros o nuestra empresa realiza una actividad no financiera o actividad vulnerable estamos sujetos a diversas obligaciones. Una actividad vulnerable se refiere a la venta de boletos, fichas, comprobantes, así como el pago y entrega de premios; la emisión o comercialización de tarjetas de servicio y crédito, tarjetas de prepago, tarjetas de recompensa, cheques de viajero; el ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo, préstamo o crédito; el blindaje de vehículos; la prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes.
La comercialización e intermediación habitual o profesional de metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes; la subasta o comercialización habitual o profesional de obras de arte; la comercialización o distribución habitual o profesional de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres; la prestación habitual o profesional de servicios de traslado o custodia de dinero o valores; la prestación de servicios independientes; la prestación de servicios de fe pública, entre otros.
Las obligaciones, si nosotros o nuestra empresa realiza una actividad vulnerable, son las siguientes:
- Debemos identificar a clientes.
- Presentar avisos.
- Custodiar los expedientes creados con la información y/o documentación de los clientes.
- Abstenerse de realizar operaciones sino se identifica correctamente al cliente.
- Brindar las facilidades necesarias para las visitas de verificación y, finalmente.
- Debemos crear un documento donde se integren las medidas preventivas de prevención de lavado de dinero para dar cumplimiento a la ley.
Si no cumplimos debidamente con lo establecido por la ley, estamos sujetos a:
- Multas que oscilan desde los 200 salarios mínimos generales hasta los 65,000 salarios mínimos generales.
- La revocación de los permisos de juegos y sorteos.
- La cancelación de la autorización otorgada a los agentes y apoderados aduanales.
- Prisión de dos a ocho años de prisión y con quinientos a dos mil días de multa si proporcionamos información, documentación, datos o imágenes que sean falsos o sean completamente ilegibles.
- La carencia de elementos para las visitas de inspección.
- Poner en riesgo nuestra imagen y marca.
- Contribuir a que el traficante de drogas, terroristas, funcionarios corruptos y demás, pueden operar y ampliar sus actividades ilícitas.
Por tanto, el lavado de dinero no es sólo un problema de aplicación de la ley, sino una gran amenaza a la seguridad nacional e internacional.
¡LLÁMANOS! AHORA PARA HACER UNA CITA NO ESPERES MÁS